lunes, 26 de agosto de 2019

Mapas mentales del Derecho - La parte especial del Código Penal en mapas

CONCUSIÓN
El artículo 382 del Código Penal peruano establece:
El funcionario o servidor público que, abusando de su cargo, obliga o induce a una persona a dar o prometer indebidamente, para sí o para otro, un bien o un beneficio patrimonial, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de ocho años; inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36; y, con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.

Código Procesal Penal del Perú en formato ePub - actualizado

Código Penal del Perú en formato ePub - Actualizado al 29 de setiembre del 2019

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